El Gobierno de Abelardo de la Espriella levantó la suspensión general del porte de armas de fuego que se había mantenido en Colombia durante los últimos años. La decisión quedó establecida mediante el Decreto 1368 de 2026, publicado el 8 de septiembre.
Sin embargo, hay una precisión importante: levantar la suspensión no significa permitir el porte libre de armas en Colombia. El nuevo decreto mantiene los requisitos, permisos y controles establecidos por la legislación vigente.
¿Quiénes podrán portar armas?
La principal modificación afecta a las personas que ya cuentan con un permiso vigente. De acuerdo con el decreto, podrán portar las armas específicamente amparadas por su permiso, siempre que este no haya sido suspendido o cancelado. En otras palabras, una persona que tenga autorización para la tenencia de un arma no recibe automáticamente permiso para llevarla consigo.
La diferencia está precisamente en el porte. Durante la suspensión, los ciudadanos podían tener determinadas armas bajo las condiciones establecidas, pero no llevarlas permanentemente fuera de los lugares autorizados.
Ahora, quienes tengan un salvoconducto de porte vigente podrán hacerlo dentro de las condiciones establecidas en ese documento.
Según datos del Ministerio de Defensa citados por La Silla Vacía, en 2025 había cerca de 700.000 armas con salvoconducto en Colombia. Cerca del 40 % estaban registradas en Bogotá.
La razón por la que el Gobierno levantó la suspensión del porte de armas
El presidente ha defendido la medida como parte de su política de seguridad. De la Espriella sostiene que las restricciones afectaron principalmente a ciudadanos que cumplen la ley, mientras que los grupos criminales continuaron utilizando armas ilegales.
Según cifras entregadas por el mandatario, entre enero y el 3 de septiembre la Fuerza Pública incautó 15.700 armas de fuego. De ellas, 14.179 estaban relacionadas con la comisión de delitos. Con ese argumento, el Gobierno plantea que permitir el porte a quienes cumplen los requisitos legales puede fortalecer su capacidad de defensa.

¿Qué dicen quienes cuestionan la decisión?
La medida también ha generado críticas entre expertos en seguridad. Uno de los principales argumentos es que aumentar el número de armas en circulación puede elevar el riesgo de que estas sean utilizadas durante conflictos cotidianos, como riñas, discusiones o accidentes de tránsito.
El senador Ariel Ávila ha advertido además sobre la posibilidad de que armas que inicialmente fueron adquiridas legalmente terminen en el mercado ilegal debido a robos o pérdida de trazabilidad.
La Silla Vacía también ha recogido investigaciones que cuestionan la idea de que una mayor disponibilidad de armas necesariamente produzca mayor seguridad.
La decisión no da luz verde para comprar armas libremente
El Decreto 1368 no elimina los controles establecidos por el Decreto Ley 2535 de 1993. Por tanto, continúan vigentes el sistema de permisos y las condiciones que determinan quién puede tener y portar un arma.
La decisión del Gobierno modifica la suspensión general que se venía prorrogando desde 2015. No convierte el porte de armas en un derecho automático para todos los ciudadanos. El cambio, en esencia, es más específico: quienes ya tienen autorización vigente recuperan la posibilidad de portar las armas amparadas por ese permiso.
La medida cumple así una de las principales promesas de campaña de De la Espriella, pero también abre un nuevo debate sobre hasta dónde debe llegar el derecho a la defensa personal y cuál debe ser el papel del Estado frente a la seguridad de los ciudadanos.


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